La Licencia Federativa es obligatoria para practicar pesca submarina

SERVICIO MARITIMO DE LA GUARDIA CIVIL (SEMAR) 

NOTA ACLARATORIA EN RELACIÓN AL EJERCICIO DE LA PESCA SUBMARINA DE RECREO.
En post anteriores comentábamos que para el ejercicio de esta actividad que debe ser ejercida SIEMPRE a pulmón, era obligatorio estar en posesión de la LICENCIA DE PESCA (Tiene caracter autonómico, por lo que debes acudir a la delegación del gobierno de tu comunidad autónoma (por ejemplo generalitat en Catalunya, Xunta en Galicia, etc.) que trate el tema de la pesca para obtenerlo. Suele tener una duración de un año y costar alrededor de los 12 € (depende de la Comunidad Autónoma, Necesario el certificado médico anterior. Algunas comunidades exigen tener la Licencia Federativa para poder obtener la licencia de pesca submarina).
Y un SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL: Lo puedes obtener en cualquier agencia de seguros. Una forma muy común de obtenerlo es sacándose la Licencia Federativa, ya que incluye uno.
Bien, la controversia siempre venía en esta última Licencia Federativa, sobre su obligatoriedad o no para poder pescar con el fusíl, la respuesta es SÍ, ya no sólo para la adquisición de dicho fusil es obligatoria dicha licencia federativa sino que también para la TENENCIA del mismo. Adjuntamos respuesta dada por la Secretaria Técnica del Ministerio del Interior, que se nos ha hecho llegar de manera privada y siendo gestionada posteriormente por uno de los administradores de esta página con la Intervención Central de Armas, remitiéndonos estos igualmente lo descrito por la Secretaria por la cual se deja claro este requisito.
Por lo tanto para la pesca submarina de recreo con fusil es necesario:

LICENCIA DE PESCA+SEGURO OBLIGATORIO+LICENCIA FEDERATIVA

o bien:

LICENCIA DE PESCA+LICENCIA FEDERATIVA( que incluye el Seguro Obligatoro)

 

Publicado en Facebook, página oficial Servicio maritimo guardia civil (semar)

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